21/07/2014
¿Qué formación deben recibir los trabajadores?
La formación que el empresario deberá proporcionar a cada trabajador en materia de prevención de riesgos laborales deberá ser:
- Teórica y práctica.
- Suficiente y adecuada a los riesgos de su puesto de trabajo o función y a las medidas de protección y prevención adoptadas para dichos riesgos.
- Se deberá adaptar a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos.
Los delegados de prevención y los trabajadores designados habrán de poseer una formación adecuada y suficiente en materia de prevención de riesgos laborales para el correcto desarrollo de sus funciones, debiéndose tener en consideración tanto los riesgos inherentes a la actividad como las dimensiones de la empresa donde vayan a ejercer sus funciones.
En relación con este último aspecto la legislación en materia de prevención de riesgos laborales establece 3 niveles de formación:
- Formación de nivel básico.
- Formación de nivel intermedio.
- Formación de nivel superior.